En un fallo histórico que resuena en los pilares de la justicia española, el Tribunal Supremo ha ratificado una condena a dos agentes de la Guardia Civil por su participación en un controvertido episodio durante un control de seguridad en la autopista AP-6 en El Espinar, Segovia.
La decisión del tribunal destaca la importancia de respetar los derechos fundamentales de los ciudadanos y marca un hito en la lucha contra los abusos de poder en el ámbito policial.
Un incidente que ocurrió hace casi una década
El incidente tuvo lugar en junio de 2014, cuando tres jóvenes fueron sometidos a cacheos con desnudos integrales por parte de agentes de la Guardia Civil en un operativo de identificación selectiva de vehículos.
La actuación de los agentes fue cuestionada no solo por la desnudez forzada, sino también por la falta de justificación para tal medida, así como por la humillación y vergüenza infligidas a los afectados.
Tras años de litigios y apelaciones, el Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia que condena a los dos agentes de la Guardia Civil a un año y medio de prisión y seis años de inhabilitación por tres delitos contra la integridad moral.
La decisión del tribunal envía un mensaje contundente sobre la responsabilidad y el deber de los agentes de mantener los más altos estándares éticos y respetar los derechos de los ciudadanos.
La “gratuidad” del desnudo integral
Uno de los aspectos más destacados del fallo del Tribunal Supremo es su énfasis en la «gratuidad» de la exigencia del desnudo integral.
Los magistrados recalcaron que esta práctica, realizada sin justificación alguna y contraviniendo los protocolos de actuación, constituye un acto de humillación y cosificación de los individuos registrados.
Este enfoque subraya la importancia de la proporcionalidad y la legalidad en las actuaciones policiales. Según la sentencia del Tribunal Supremo,
«no es el incumplimiento de la instrucción de 2005 relativa a la práctica de las diligencias de registro personal por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (…) lo que colma la conducta típica; sino que es la absoluta gratuidad de la práctica llevada a cabo».
Responsabilidad de los agentes
El tribunal también abordó el papel de un tercer agente que presenció los hechos, pero no intervino para detener los abusos. Se argumentó que este agente tenía la responsabilidad, como superior o como testigo, de detener la práctica ilegal o informar a la autoridad competente.
Esta conclusión refuerza la idea de que todos los agentes de la ley tienen el deber de salvaguardar los derechos de los ciudadanos y prevenir cualquier abuso de poder.
La confirmación de esta condena por parte del Tribunal Supremo marca un hito en la lucha contra los abusos policiales en España.
Es un recordatorio contundente de que nadie está por encima de la ley y de que los agentes del orden deben actuar con integridad y respeto hacia los derechos humanos.
Además, genera un debate sobre la necesidad de reformas en los protocolos de actuación y en la formación de los cuerpos de seguridad para prevenir futuros casos de este tipo.